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19 mar. 2020
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La SIC admite la demanda por infracción marcaria en Colombia por caso EPK

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19 mar. 2020

EPK, una de las marcas más conocidas y vendedoras en el mercado infantil en Colombia, continúa en el ojo del huracán luego que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aceptara una demanda por infracción marcaria, radicada a principios del año. 


La representación colombiana de la firma se defiende. - EPK Colombia


La demanda interpuesta por Bridgewood Capital, el propietario del registro de EPK en el mundo, contra EPK KidsSmart, la empresa que opera la marca en el país busca la aplicación de las medidas cautelares y la prohibición del uso de la marca en el país. Bridgewood Capital argumenta incumplimientos en los términos, uso no autorizado del nombre de la marca y la omisión del pago de regalías. 

La parte colombiana no se ha pronunciado ante los medios al respecto, aunque anunció recientemente que Bridgewood Capital estaba armando una cortina de humo en Colombia para distraer la atención de lo que realmente sucede con la marca en la corte estatal de Nueva York. 

La disputa inició desde 2017 bajo las mismas acusaciones de uso y explotación indebida y cuenta con argumentos sólidos y documentos de respaldo en ambos lados, lo que ha dificultado un veredicto. Los contratos de explotación de marca y franquicia cuentan con diferencias y vacíos que han dado paso a la situación actual.  

EPK en Colombia cuenta con una facturación media anual sobre los 170 000 millones de pesos, (unos 53 millones de dólares), y una cuota de mercado en del 7,2 % en el país. La marca cuenta con 76 tiendas en el territorio nacional, una tienda en línea y un ambicioso plan de expansión.

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